Instalaciones Deportivas

Descuentos por Familia Monoparental

Buenos Días, Revisado el apartado 1.3 de Las Ordenanzas para la Tasa por el uso de la piscinas cubiertas del Ayuntamiento de Zaragoza. En concreto el segundo punto, donde expone que "Las unidades familiares monoparentales podrán acogerse a las tarifas de Abono de Familia Numerosa o de ingresos inferiores al doble del S.M.I. o al S.M.I. cuando cumplan los requisitos generales anteriores". Desearía aclaración para el descuento al que puede acogerse una familia monoparental de carácter especia que no cumple con los criterios de ingresos que en ese articulo se citan. Gracias!