Adquisición derivada de concesión de licencias (X209)
Última Actualización: 01/03/2016 Concepto:
Se trata de las adquisiciones de Suelo procedentes del proceso urbanizador y edificatario.
El art. 31.4.b del Texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, exige la cesión gratuita de los terrenos afectados por las alineaciones y rasantes establecida, en proporción no superior al 15% de la superficie de la finca, por lo que deberá indemnizarse el exceso de cesión.
Unidad Responsable: UNIDAD JURÍDICA DE PATRIMONIO MUNICIPAL DE SUELO Y EXPROPIACIONES
De Oficio: escrito procedente del Servicio de Licencias Urbanísticas haciendo constar las obligaciones de cesión de dotaciones públicas o terrenos de cesión obligatoria derivadas de licencias urbanísticas y actividad en tramitación.
A instancia del particular.
Las solicitudes se presentarán presencialmente en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano (edificio Seminario, Vía Hispanidad, 20, planta bj.), acompañando la siguiente documentación:
1) Instancia formulario normalizada que incluye, entre otros, los datos de Identificación (Etiqueta fiscal o N.I.F. o D.N.I.) y Notificación (calle, número, piso, letra y teléfono / fax / correo electrónico).
2) Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional.
3) Copia de escritura pública de segregación y cesión (original).
4) Ofrecimiento de cesión a favor del Ayuntamiento del suelo destinado a viales o dotaciones públicas emplazadas en su propiedad.
5) Plano de emplazamiento con señalización de las alineaciones previstas en el vigente Plan General de Ordenación Urbana.
6) Nota simple de Registro de la Propiedad
Se deberán cumplir las obligaciones tributarias derivadas de la cesión (pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos documentados. La cesiónde suelo para viales y chaflanes está exenta de dicho impuesto.)
El expediente se remite al Servicio de Administración de Suelo y Vivienda para su tramitación.
B.Ordenación e Instrucción
La Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo y Expropiaciones emite el correspondiente informe con propuesta de resolución aceptando la cesión de tales superficies, (que deberán segregarse de la finca matriz a través de la escritura aportada por el particular).
*Aceptar la cesión correspondiente:
*Informe Jurídico.
*Comisión Técnica de Asesoramiento.
*Coordinador General de Urbanismo y Sostenibilidad.
C.Terminación
Inscripción registral a favor del Ayuntamiento de Zaragoza.
Traslado al Inventario General de Bienes para su incorporación en el mismo.
D.Notificación
Al interesado en el plazo de 10 días a partir de la fecha en que el acto haya sido adoptado, por el medio que se haya hecho constar en la solicitud: electrónico, postal o presencial.
E.Traslados
Servicio de Licencias.
Servicio de Inventario General de Bienes.
Servicio de la Sección Técnica de Administración del Patrimonio Municipal del Suelo.
F.Archivo del Expediente
OBSERVACIÓN:En el supuesto de existir cesiones que superen el 15% de la superficie de la finca, se continúa el expediente para valorar y abonar dicho exceso, como si se tratase de la fase de justiprecio y pago de un expediente expropiatorio, previo informe y tasación de la Unidad de Proyectos y Valoraciones, tal y como señalan las Normas Urbanísticas del Plan General.