25 febrero 2015

LIstado de calles por las que se puede circular en bici


El Área de Servicios Públicos y Movilidad ha aprobado un primer listado, provisional y ampliable, de calles de tráfico restringido por las que estará permitido circular en bicicleta. Estas vías son aquellas en las que, señalizadas con la señal R-100, está prohibido el paso de vehículos, salvo las excepciones que se determinen en cada caso (residentes, carga y descarga, taxis ocupados,...).
Por otra parte, también se ha procedido a revisar los tipos, calificaciones y cuantías de las multas correspondientes a las infracciones actualmente vigentes en aquellas acciones relacionadas con la bicicleta, quedando de la siguiente manera:
- Circular en bicicleta por aceras u otras zonas peatonales sin provocar peligro para los usuarios de la vía. Infracción Leve, 36 euros.
- Circular en bicicleta incumpliendo las condiciones de visibilidad. Infracción Leve, 60 euros.
- Circular en bicicleta por vías interurbanas de noche, sin luz y sin reflectante o sin casco en los casos legalmente establecidos. Infracción Leve, 60 euros.
- Circular en bicicleta por aceras u otras zonas peatonales superando las velocidades permitidas o realizando maniobras bruscas, con grave riesgo para peatones. Infracción Grave, 200 euros.

Más información


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Cómo llegar en transporte público

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